
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Nelson Salazar Agüero, ex regidor y asesor legislativo).- La existencia de los Concejos Municipales se sustenta sobre tres pilares fundamentales: el constitucional, el legal y el democrático. El Concejo Municipal existe porque la Constitución establece expresamente la autonomía de los gobiernos locales y su carácter democrático. Es, en esencia, uno de los mecanismos mediante los cuales cada cantón participa en la gestión de sus propios asuntos, a través de representantes elegidos libremente por sus habitantes para discutir, analizar y decidir sobre lo que afecta a la comunidad. Además, el Concejo cumple una función insustituible: evitar la concentración del poder en la Alcaldía y garantizar que las decisiones municipales se adopten de manera colegiada, deliberativa y transparente.
La prórroga con PRODUS fue solicitada en enero y quedó en firme en julio de 2026. El expediente analizado plantea interrogantes sobre la documentación técnica, presupuestaria y de fiscalización que respaldó la decisión
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Redacción).- Después de aproximadamente seis meses de trámite y cuando se acercaba el vencimiento del convenio original, el Concejo Municipal de Goicoechea aprobó en firme la Segunda Adenda al Convenio Específico suscrito con la Universidad de Costa Rica (UCR), por medio del Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible (PRODUS), para continuar con la elaboración del Plan Regulador Cantonal.