
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Gerardo R Del Valle Garbanzo, vecino del Distrito de Ipís).- Los Artículos 59 y 60 respectivamente de la Ley de Planificación Urbana (Ley de Planificación Urbana N° 4240 promulgada el 15 de noviembre de 1968 y publicado en La Gaceta N ° 274 de 30 de noviembre de 1968) expresamente señalan;
“Capitulo Primero; órganos especializados de Planificación Local y Regional:
Artículo 59.-Para participar en la preparación y aplicación del Plan Regulador, la municipalidad del cantón podrá crear una oficina de la administración local, o una comisión o junta que habrá de formarse con regidores, funcionarios de la planta administrativa y vecinos interesados, en uno u otro caso, la corporación señalará la organización y cometido de la oficina.
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por La Dirección).- El 2026 se abre paso en Goicoechea con una mezcla conocida para sus habitantes: esperanza de cambio y cansancio frente a problemas que se arrastran sin solución. El cantón no parte de cero, pero tampoco puede permitirse otro año de promesas sin resultados. Hoy más que nunca, la ciudadanía espera decisiones claras, gestión eficiente y una administración municipal a la altura de los retos.
Desde La Voz de Goicoechea, consideramos que este año marcará un punto de inflexión en temas clave como la gestión de residuos, la infraestructura urbana, la transparencia institucional y el desarrollo económico local.