Solicitan cancelar candidatura de Ana Virginia Calzada por presunto uso de símbolos religiosos para inducir temor

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LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Redacción).- Un Recurso de Amparo Electoral presentado ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) cuestiona el uso de iconografía religiosa y demoníaca en la campaña de la candidata del partido Centro Democrático Social.

Un vecino de Nicoya, identificado como Víctor Guevara, presentó un Recurso de Amparo Electoral ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) en el que solicita la cancelación de la candidatura de Ana Virginia Calzada Miranda, aspirante del partido Centro Democrático Social, por el presunto uso indebido de símbolos religiosos con fines proselitistas.

Según la denuncia, la candidata habría desarrollado una estrategia de campaña basada en lo que el recurrente califica como una “guerra espiritual”, utilizando figuras asociadas al diablo y otros símbolos religiosos para generar miedo e influir en la intención de voto de la ciudadanía.

Videos y publicaciones como prueba

El recurso detalla una serie de publicaciones difundidas en las redes sociales oficiales de la candidata durante el mes de enero de 2026, las cuales, según el denunciante, constituyen una violación grave a la libertad de sufragio y al principio de laicidad del Estado.

Entre las pruebas aportadas se mencionan:

5 de enero: lanzamiento de campaña con el uso de iconografía demoníaca, presuntamente destinada a provocar impacto emocional y temor.

9 de enero: aparición de crucifijos y rosarios en mensajes de carácter político, vinculados a una narrativa descrita como “infierno político”.

11 de enero: difusión de videos en los que la candidata se asocia explícitamente con la figura del diablo para respaldar su propuesta electoral.

14 de enero: declaraciones en las que se afirma que el país ha “vendido el alma al diablo”, lo cual —según el recurso— busca inducir temor espiritual en el electorado.

Argumentos legales

El denunciante sostiene que, desde el punto de vista jurídico-electoral, la utilización de figuras como el “Diablo” o “Satanás” es equiparable al uso de la figura de “Dios”, ya que ambas forman parte de núcleos dogmáticos de creencias religiosas.

En ese sentido, el recurso argumenta que apelar a estos símbolos transforma el proceso electoral en una confrontación religiosa, afectando el razonamiento libre y racional del votante mediante el miedo, lo cual estaría prohibido por el artículo 28 de la Constitución Política y el artículo 136 del Código Electoral.

Además, se cita jurisprudencia del propio TSE, en particular el voto 1375-E1-2018, en el que se establece la prohibición de utilizar creencias o temores religiosos como mecanismo para atraer apoyo político.

Lo que se solicita al TSE

El Recurso de Amparo Electoral plantea tres solicitudes concretas:

Medida cautelar: el retiro inmediato de todo material de campaña que incluya figuras demoníacas o símbolos religiosos de las plataformas digitales de la candidata.

Sanción máxima: que se valore la cancelación de la credencial de candidatura de Ana Virginia Calzada Miranda por considerar que se ha viciado la pureza del proceso electoral.

Intervención judicial: que se certifique lo conducente al Ministerio Público para que se investiguen eventuales delitos electorales.

Hasta el momento, el Tribunal Supremo de Elecciones no ha informado públicamente si el recurso fue admitido para estudio ni si se aplicarán medidas cautelares mientras se analiza el fondo del caso.

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