LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Greggory Karl Gordon Cruickshank, columnista).- aceraspor los barrios de nuestro cantón y del país es, para muchos, un momento de esparcimiento. Ver a los vecinos paseando a sus perros es parte del paisaje cotidiano; sin embargo, esta actividad tiene una cara sucia que está agotando la paciencia de las comunidades: los desechos abandonados en las aceras.
En nuestras calles conviven tres tipos de dueños. Primero, el responsable, que siempre lleva sus bolsitas y limpia sin que nadie se lo pida. Segundo, el “oportunista”, que sale sin bolsas y, en cuanto nota que nadie lo ve, deja el “regalito” frente a la casa de un vecino porque no llegó a tiempo al parque. Y finalmente, el más preocupante: aquel que lleva a su mascota suelta y finge indiferencia cuando el animal hace su desastre en propiedad ajena o espacios públicos.
Un laberinto de burocracia
Aunque muchos ciudadanos exigen castigos, la realidad es que el camino para sancionar es un laberinto. Actualmente, existen normativas y multas que podrían ascender hasta los ¢850.000, pero el proceso es lento y burocrático.
Al consultar al Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) sobre cuánto tardan en resolver una denuncia, la respuesta es compleja: no hay un tiempo definido, pues depende de la “urgencia” y la gestión de casos. En la práctica, esto significa que llenar un formulario puede sentirse como un esfuerzo perdido; para cuando llega la respuesta, es probable que la situación se haya repetido cientos de veces.
En municipalidades como la de Goicoechea, la Policía Municipal y la Contraloría de Servicios atienden reportes, pero la carga de la prueba recae sobre el denunciante. Sin cámaras de vigilancia o evidencias contundentes (fotos y videos), probar la infracción se vuelve una tarea casi imposible para el vecino afectado.
Una propuesta para el cambio
No podemos permitir que iglesias, parques y entradas de casas sean utilizados como “excusados” públicos ante la mirada indiferente de los dueños. Para solucionar esto, es necesario atacar el problema desde tres frentes:
Educación real: Campañas de concientización que recuerden que tener una mascota es una responsabilidad, no un derecho a ensuciar el espacio común.
Agilidad municipal: Necesitamos procedimientos más rápidos. Si un vecino aporta pruebas claras, la autoridad debería poder actuar de inmediato, visitando el domicilio del infractor para aplicar la ley de forma efectiva.
Leyes modernas: Es hora de que los próximos legisladores creen reglas nacionales más expeditas que eliminen el papeleo innecesario y aseguren la limpieza de nuestras ciudades.
La solución más rápida y efectiva siempre será la misma: si es su mascota, es su responsabilidad. Recoger los desechos no es un favor para la comunidad, es un deber básico de convivencia.
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Nabil Mouaffak, columnista).- En Costa Rica, el desempleo suele medirse en cifras. Sin embargo, detrás de cada número hay historias que no siempre se cuentan. En el cantón de Goicoechea, dos grupos enfrentan una realidad especialmente compleja: los jóvenes que buscan su primer empleo y las personas mayores de 45 años que, pese a su experiencia, quedan fuera del mercado laboral.
Jóvenes sin puerta de entrada
Para muchos jóvenes, acceder al primer trabajo se ha convertido en un desafío contradictorio. Sin experiencia previa, las oportunidades son escasas; sin oportunidades, es imposible construir esa experiencia.
Esta situación genera una cadena de efectos: dificultad para lograr estabilidad económica, mayor exposición a la informalidad y, en algunos casos, riesgo de exclusión social. Más allá del impacto individual, el problema repercute en toda la comunidad.
Especialistas advierten que la falta de oportunidades para la juventud no solo representa una pérdida de talento, sino también un factor que puede incidir en problemáticas sociales a mediano plazo.
Mayores de 45: experiencia que no encuentra espacio
En paralelo, las personas mayores de 45 años enfrentan barreras menos visibles, pero igualmente profundas. A pesar de contar con trayectoria, habilidades y responsabilidad, muchos se topan con prejuicios arraigados en el mercado laboral.
Percepciones como la supuesta falta de adaptación, costos laborales más altos o limitaciones tecnológicas influyen en los procesos de contratación. Como resultado, este grupo experimenta desempleo prolongado, afectaciones económicas en sus hogares y un impacto significativo en su bienestar emocional.
Un problema estructural
El desempleo en estos sectores no responde únicamente a dinámicas individuales, sino a fallas estructurales del mercado laboral, que no logra integrar de manera equitativa a toda la población.
Ante este panorama, surgen propuestas desde el ámbito local que buscan generar cambios concretos.
Incentivos para la inclusión laboral
Una de las iniciativas planteadas por el Movimiento Goicoechea Resucita en el cantón propone fortalecer la empleabilidad mediante alianzas entre el gobierno local y el sector empresarial.
La propuesta contempla la creación de convenios con comercios y empresas, incentivando la contratación de jóvenes en su primer empleo y personas mayores de 45 años. Entre las medidas sugeridas se incluyen descuentos en patentes municipales para negocios que destinen al menos un 20% de su planilla a estos grupos, así como facilidades en trámites comerciales.
Además, se plantea la posibilidad de gestionar acuerdos con empresas de otros cantones, para reconocer parte de la carga patronal asociada a la contratación de habitantes de Goicoechea pertenecientes a estas poblaciones.
Impacto esperado
De concretarse, este tipo de políticas podría traducirse en una mayor activación del empleo local, reducción de brechas sociales y fortalecimiento de la economía cantonal. También fomentaría una relación más estrecha entre el sector productivo y la comunidad.
El enfoque apuesta por reconocer y premiar a las empresas que promuevan prácticas inclusivas, entendiendo el empleo no solo como un indicador económico, sino como un eje clave del desarrollo social.
Un reto que exige decisiones
El desempleo no es un fenómeno exclusivamente nacional. Sus efectos se sienten en lo local, donde también pueden gestarse soluciones.
Goicoechea enfrenta el reto —y la oportunidad— de avanzar hacia un modelo más inclusivo. La discusión está abierta: continuar con las mismas dinámicas o impulsar acciones que permitan integrar a quienes hoy permanecen al margen del mercado laboral.
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Elvis Solano Matarrita, comunicador).- En Goicoechea ya no estamos hablando de una sensación. Estamos hablando de una realidad que se vive todos los días. Robos en plena luz del día. Asaltos en paradas de bus y venta de drogas a vista de todos.
Y, más recientemente, hechos de violencia extrema que incluyen homicidios.
La inseguridad dejó de ser un tema de conversación para convertirse en una experiencia cotidiana para muchos vecinos del cantón.
Y cuando una comunidad llega a ese punto, hay algo que debemos tener claro: no actuar también es una forma de decidir… y es la peor de todas.
El problema no es nuevo… pero sí es más grave
Goicoechea siempre ha tenido zonas complejas. Eso no es ningún secreto.
Pero lo que estamos viendo hoy es diferente.
Hay una expansión de los puntos de venta de droga, una mayor organización de la delincuencia y una creciente pérdida del control territorial en ciertos sectores.
Esto no se resuelve con operativos aislados ni con discursos.
Se resuelve con estrategia, tecnología y presencia real en la calle.
Primer paso: reconocer y mapear los “puntos rojos”
No se puede combatir lo que no se mide.
El cantón necesita una zonificación clara y actualizada de los puntos rojos, basada en datos reales:
Denuncias formales
Reportes comunitarios
Intervenciones policiales
Análisis de patrones delictivos
Este mapeo debe ser dinámico, no un documento olvidado en un escritorio.
Debe ser la base para toda acción operativa.
Segundo paso: iluminar el cantón (literalmente)
La oscuridad es aliada del delito.
Una estrategia integral de seguridad debe incluir:
Mejoramiento total del alumbrado público
Intervención prioritaria en zonas críticas
Uso de iluminación inteligente (sensores, LED de alta potencia)
No es solo un tema estético. Es prevención directa.
Un espacio iluminado es un espacio más seguro.
Tercer paso: tecnología al servicio de la seguridad
Si la delincuencia evoluciona, la respuesta también debe hacerlo.
Goicoechea puede implementar soluciones tecnológicas de alto impacto:
Drones de vigilancia 24/7 en zonas conflictivas
Monitoreo en tiempo real desde centros de control
Integración con cámaras existentes y sistemas de alerta
Esto permite:
Reacción inmediata
Seguimiento de sospechosos
Prevención activa, no solo reacción
La seguridad del futuro no es solo presencia física. Es inteligencia operativa.
Cuarto paso: respuesta rápida, visible y contundente
La comunidad necesita ver autoridad en la calle.
Se requiere: Unidades motorizadas de respuesta rápida. Presencia permanente en puntos estratégicos. Coordinación real entre Policía Municipal y Fuerza Pública
No se trata de militarizar el cantón. Se trata de recuperar el control del territorio.
Quinto paso: centros de operación distritales
La seguridad no puede manejarse desde un solo punto.
Se deben establecer centros de operación distritales, ubicados estratégicamente, que permitan:
Monitoreo descentralizado
Respuesta inmediata en cada distrito
Coordinación directa con líderes comunitarios
Esto acerca la seguridad a la gente.
Podemos normalizar la violencia… o podemos enfrentarla con decisiones firmes.
Porque la seguridad no es un lujo. Es un derecho.
Y hoy, más que nunca, es una deuda pendiente.
La delincuencia no pide permiso. Se instala, crece y se fortalece donde encuentra vacío.
La pregunta no es si el problema existe. La pregunta es quién está dispuesto a enfrentarlo de verdad.
Infractor; multas desde ₡ 367.108.56 hasta ₡ 462.200.00
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Gerardo R Del Valle Garbanzo, columnista).- Cada mañana o en las noches , siempre habrán personas que menosprecia el ornato, antepone su miopía de buen vecino por no saber administrar siquiera cuando se debe de sacar la basura de su casa, afecta no solo el ornato, afecta a todo un barrio porque, simplemente no supo programar con su familia cuando debe de sacar las bolsas de basura, es más fácil para éste tipo de personas “ jugársela” tirando en la penumbra de las noches sus desechos en la vía pública , o “ arrimar” sus desechos cerca del la casa del vecino que cumple debidamente.
Pero no todo este perdido, ya existe una Ley que regula el proceso de los desechos sólidos, bajo el marco de esa Ley 8839, El Ministerio de Salud es el rector en materia de gestión integral de residuos (Artículo 7).
El Artículo 8 de esta Ley señala que; “Las Municipalidades serán responsables de la gestión integral de los residuos generados en su cantón”.
Los artículos 11 y 12 respectivamente mencionan; Plan Nacional de Residuos
El Artículo 12-. Se refiere a los planes municipales de residuos; es decir, que según resulte del Artículo 11, el Plan Municipal de gestión integral de residuos orientará las acciones municipales.
Artículo 23, Participación Ciudadana; fomenta y promueve mediante convocatorias a todas las personas del Cantón para que participe en el diseño e implementación de políticas y programas.
Como todo proyecto se ocupa “platita”, el Artículo 24, se titula Fondo para la Gestión Integral de Residuos.
El Artículo 48 Infracciones gravísimas y sus sanciones:
Aquí está el tema de interés para todos; Una infracción gravísima es; depositar residuos en sitios no autorizados (tema aparte), mezclar residuos peligrosos y/ o de manejo especial, comprar, vender y almacenar material valorizable robado o sustraído ilícitamente, quemar, incinerar, enterrar, almacenar o abandonar residuos peligrosos en sitios no autorizados, trasporte residuos peligrosos sin la autorización correspondiente.
Multa de cien a doscientos salarios base, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley N° 7337 de 05 de mayo de 1993 y con el pago del daño ambiental.
Artículo 50: Infracciones leves y sus sanciones. Se consideran infracciones leves, sin perjuicio de que constituya delito; Extraer de los recipientes colectores, depósitos o contenedores instalados en la vía pública, los residuos sujetos a programas de reciclaje por parte de las municipalidades o a quien deleguen.
Se sancionarán con una multa de uno a diez salarios base, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley N.º 7337, de 5 de mayo de 1993, y con el pago del daño ambiental.
Articulo 52-.Actuación indebida de funcionarios públicos – Las sanciones estipuladas en este Capitulo se aplicarán aumentadas en un tercio, si quien resulte responsable por acción u omisión es un funcionario público (sic…). (negrita no corresponde al original).
TRANSITORIO IV.- “El Ministerio de Educación Pública deberá establecer en el plazo de seis meses, a partir de la publicación de esta Ley, el contenido y la estrategia de aplicación del Programa nacional de educación sobre gestión integral de residuos (sic…)
Este punto es de vital importancia porque la comunidad no puede actuar si no conoce las herramientas disponibles.
Seguidamente el Reglamento creado por la Municipalidad de Goicoechea de conformidad con lo que dispone la Ley 8839. Referencia: en Sesión ordinaria N° 34-2021, celebrada el día 23 de agosto de 2021, artículo V.XX, aprobó: La Municipalidad del cantón de Goicoechea el Reglamento Municipal de Gestión de Residuos Sólidos Ordinarios de la Municipalidad de Goicoechea, se aprueba con el texto publicado en la Gaceta N° 85 del 5 de mayo de 2021.
Artículo 1º e) “Velar por adecuado manejo y disposición final de todos los residuos sólidos, evitando así que se originen focos de infección, peligro o molestia para la población, o cualquier forma de propagación de enfermedades o afectación del medio ambiente.” (negrita no corresponde al original).
Artículo 55. —Ninguna persona podrá utilizar las aceras, espacios públicos, las vías públicas para depositar cualquier material u objeto que imposibilite, o restrinja de cualquier forma, el paso de los peatones o el tránsito de vehículos. (sic…)
Debería de indicar al menos la posible sanción a la que se expone
El Artículo 74 señala que para la imposición de las sanciones a este reglamento a,b,c y d deberían de ajustarse a las que señala la Ley 8839 (Artículos 48 y 50 respectivamente), como base para aplicar la sanción o multa.
En síntesis, revisando a mi humilde entender, dicha Ley va mas por el lado de los Gestores quien es la persona física o jurídica, pública o privada autorizada por el Ministerio de Salud para realizar la gestión total o parcial de residuos, acopio, recolección, transporte, tratamiento etc.
Por lo que el Reglamento que ha generado la Municipalidad de Goicoechea tiene esa misma línea, regular la actividad comercial en la gestión de residuos y poca referencia de acción en infracciones leves.
En resumen, tenemos que, existen dos vertientes en la Ley 8839 y el Reglamento a esa Ley por parte de la Municipalidad de Goicoechea, la primera trata de regular la actividad del proceso de los residuos solidos sin embargo minimizan la problemática en ambos documentos sobre la basura en vías públicas, la segunda consiste en regular el proceso de sanción pero no especifica, de ahí la importancia de ajustar el reglamento en cuanto a sanciones a estas personas específicamente, mientras la ley impone multas y su proceso ante dos entes públicos no se maximiza en cuanto al proceso para que la comunidad pueda acceder a los canales debidos para denunciar de manera específica, así por ejemplo que un negocio arroje sus desechos o subcontrate a un indigente para que arroje esos desechos en un lote baldío , o un vecino utilice el servicio del indigente, en ambos casos el denunciado sería el indigente y no el generador del hecho.
Recomendaría un análisis profundo de como se debe de actuar en estos casos y definir un protocolo que involucre a todos los que participan en la actividad, esperemos que se consideren estos aspectos para así evita;
¿Y? ¿Esa basura que?
Documentos consultados: La Ley para la Gestión Integral de Residuos, Nº 8839 de Costa Rica, fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 13 de julio de 2010. Esta ley, publicada específicamente en la Gaceta Nº 135 de esa fecha
Reglamento Municipal de Gestión de Residuos Sólidos Ordinarios de la Municipalidad de Goicoechea, Gaceta N° 85 del 5 de mayo de 2021.