ACCI de Ipís frena solicitud de información del Concejo Municipal alegando naturaleza privada y confidencialidad

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LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara, periodista).- La Asociación Cívica y Cultural de Ipís (ACCI) respondió formalmente al Concejo Municipal de Goicoechea tras el oficio 0411-2025, señalando que, como entidad de derecho privado, no existe base legal para que la municipalidad fiscalice sus actividades internas o el financiamiento de sus eventos navideños.

El pulso entre la Asociación Cívica y Cultural de Ipís (ACCI) y el Concejo Municipal de Goicoechea sube de tono. Mediante una misiva firmada por Francisco Castaing, presidente de esa organización respondió a las recientes solicitudes de información sobre las actividades de fin de año, dejando claro que defenderán su autonomía bajo el amparo de la Constitución Política y la Ley de Asociaciones.

Aunque la ACCI confirmó que los informes sobre la administración de propiedades municipales serán enviados “en tiempo y forma” conforme a los convenios vigentes, la respuesta fue tajante respecto a otros puntos de la gestión privada de la asociación.

Autonomía privada frente al control público

El núcleo de la defensa de la Asociación radica en su naturaleza jurídica. Según el documento, la ACCI se rige por el principio de autonomía de voluntad (Artículo 28 de la Constitución Política) y la Ley de Asociaciones N°218.

“Los sujetos públicos solo pueden realizar aquello que la ley les permite… no se logra determinar la base legal para que esta corporación municipal pueda realizar gestiones de supervisión o consultas sobre las actividades privadas de la Asociación”, dicta el comunicado.

La organización subrayó que la potestad de fiscalización sobre sus actas y finanzas privadas recae exclusivamente en el Poder Ejecutivo y no en el gobierno local, a menos que existan fondos públicos de por medio en una relación jurídica concreta.

Confidencialidad y posibles sanciones

Uno de los puntos más delicados en la respuesta de la ACCI es la advertencia sobre la confidencialidad de los datos. La junta directiva señaló que entregar información detallada sin un respaldo normativo claro sería un “acto gravoso no justificado”.

Según la asociación, suministrar información privada de sus afiliados o de sus gestiones internas de recaudación (basadas en el artículo 26 de la Ley 218) podría traerles consecuencias jurisdiccionales por indebida administración.

El futuro: La Asamblea General decidirá

A pesar de la negativa inicial, la ACCI no cierra la puerta por completo, pero traslada la responsabilidad a sus bases. Al no encontrar una base jurídica en la solicitud municipal, la junta directiva determinó que el tema deberá ser conocido y resuelto por la Asamblea General de Afiliados, máximo órgano de la asociación.

“Nuestro deseo es colaborar, pero es necesario llevar el presente tema a la próxima asamblea general ordinaria”, concluyó Castaing en el oficio, dejando en pausa las respuestas que el Concejo Municipal espera sobre el financiamiento y logística de los festejos de fin de año en el distrito de Ipís.

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