Vecinos de Bruncas denuncian “cabezonada” de regidor por construcción en parque

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Gabriela Umaña, periodista).- Los vecinos de la Urbanización BRUNCAS, en el distrito de Mata de Plátano, han manifestado su rotundo malestar y férrea oposición a la “cabezonada” del regidor municipal y candidato diputado por el Partido Liberación Nacional (PLN), Rafael Ángel Vargas Brenes y la Municipalidad de Goicoechea de construir un Centro Diurno para el Adulto Mayor. El conflicto radica en que la construcción se pretende realizar en terrenos legalmente destinados a parque infantil y zonas verdes.
Mediante un oficio enviado al regidor Vargas Brenes, un grupo de vecinos encabezado por Franklin Hidalgo Arroyo califica la posición del funcionario como “equivocada y cabezonada”.
Los vecinos argumentan que los terrenos en disputa fueron cedidos bajo el artículo 40 de la Ley de Planificación Urbana, que los destina indefectiblemente a parque infantil y áreas de recreo.
Argumentos legales contundentes
El documento de los vecinos es enfático en señalar que existe una “PROHIBICIÓN POR PARTE DE NUESTRO ORDENAMIENTO JURÍDICO PARA DICHA CONSTRUCCIÓN”.
Los principales argumentos de la comunidad son:
Destino intocable: Los terrenos cedidos por el artículo 40 no pueden usarse para construir centros de salud o atención a la población adulta mayor. La jurisprudencia de la Sala Constitucional, en fallos como el Voto No. 4332-2000, así lo ha determinado.
Construcciones permitidas: La Sala Constitucional solo permite edificaciones para el “disfrute comunal”, como un salón comunal, pero no un proyecto “nacional y cantonal” como el centro diurno.
Autoridad competente: Los vecinos corrigen al regidor, indicando que su apreciación de que la Municipalidad define el destino de esos espacios es “equivocada”. Según el artículo 40, es el urbanizador quien originalmente propone el uso de las facilidades comunales.
Prohibición de cambio: Para modificar el destino de un bien de dominio público se requiere una ley especial de la Asamblea Legislativa, no un acuerdo municipal.
Desacreditan informe jurídico
Los vecinos también desestiman la base legal que aparentemente utiliza el regidor Vargas. Señalan que el Informe Jurídico DJ-203-2023 se basó en una resolución administrativa dictada por la Sección Tercera del Tribunal Contencioso Administrativo actuando como “Jerarca Impropio”.
Insisten en que dicha resolución, que anuló un acuerdo municipal anterior, fue un “acto impropio” y “una resolución administrativa”, no una “sentencia jurisdiccional”. Sostienen que ese informe debe ajustarse a la jurisprudencia de la Sala Constitucional, que es vinculante.
Comunidad alerta por pérdida de terreno
El malestar vecinal se agrava al denunciar que el área destinada a parque y área comunal, originalmente de 5509 m², ya se ha visto reducida.
Según los vecinos, el área real actual es de solo 3353 m², por lo que “falta un área aun por reponer” de más de 2.156 metros cuadrados. Anunciaron que iniciarán procedimientos administrativos para que la Municipalidad reponga el terreno faltante.
La comunidad advierte que la construcción del centro de cemento dejaría a niños, niñas, personas con discapacidad y a la comunidad en general sin su “espacio vital de esparcimiento y recreo”.
El oficio finaliza instando respetuosamente al regidor Vargas Brenes a acatar los fallos de la Sala Constitucional y recordándole las posibles responsabilidades administrativas, civiles y penales que acarrea ejecutar actos nulos contrarios a la ley y a la Constitución.
La denuncia fue copiada a múltiples instancias, incluyendo la Contraloría General de la República, la Auditoría Interna, el CONAPDIS, el PANI y la Defensoría de los Habitantes, entre otros.