TSE falla a favor de la Defensoría y condena al presidente Chaves por desinformación electoral

LA VOZ DE GOIVCOECHEA (Por Gabriela Umaña, periodista).- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) resolvió el pasado 18 de diciembre declarar con lugar un recurso de amparo interpuesto por la Defensoría de los Habitantes contra el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, y el ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero, por incurrir en manifestaciones que constituyeron desinformación durante el proceso electoral.
La decisión quedó consignada en la resolución N.° 9145-E1-2025, mediante la cual el alto tribunal electoral acogió los argumentos presentados por la defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert. En el recurso se señalaba que declaraciones del mandatario y acciones posteriores en redes sociales vulneraron el derecho de la ciudadanía a recibir información pública veraz, objetiva y neutral.
Según la Defensoría, durante la conferencia de prensa del 1 de octubre, el presidente Chaves emitió afirmaciones que distorsionaron el alcance del proceso electoral en curso. A ello se sumó la difusión, el 2 de octubre, de una imagen en las redes sociales de varios ministerios —incluido el de Seguridad Pública— en la que aparecía la fotografía del presidente, acompañada del mensaje “Cayó la mordaza”.
El TSE concluyó que estas actuaciones constituyeron una distorsión informativa impropia de un jerarca del Poder Ejecutivo en pleno proceso electoral. En su resolución, el Tribunal indicó que la conducta del presidente “constituye un irrespeto del principio democrático, de los principios fundacionales de la función electoral y de la institucionalidad democrática”.
Asimismo, el órgano electoral determinó que las manifestaciones cuestionadas tuvieron un impacto negativo sobre la libertad del sufragio, al afectar las garantías que sostienen el sistema democrático costarricense.
En relación con la publicación realizada por el Ministerio de Seguridad Pública, el TSE también declaró con lugar el recurso de amparo. El Tribunal consideró que la difusión de la imagen con el lema “Cayó la mordaza” generó un estado de alerta y confusión respecto al deber constitucional de colaboración y apoyo que deben mantener las fuerzas policiales durante los procesos electorales.
La resolución subraya que esta acción contravino principios constitucionales como la libertad, el orden, la pureza y la imparcialidad del proceso electoral, así como la norma que establece la cesión del mando de la Fuerza Pública al TSE durante el periodo electoral.
Con este fallo, el Tribunal Supremo de Elecciones reafirma los límites que deben respetar las autoridades del Poder Ejecutivo en contextos electorales y la obligación de garantizar información clara y neutral a la ciudadanía.