TSE califica como jurídicamente improcedente la utilización de la Segunda Vicealcaldía de Goicoechea para ejercer funciones políticas y ordena su cese inmediato
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara).- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró jurídicamente improcedente, funcionalmente ilegítima y contraria al orden constitucional-electoral la asignación de funciones de representación política, coordinación institucional y enlace comunitario a la segunda vicealcaldesa de Goicoechea, al constatar una incompatibilidad insubsanable entre el cargo de elección popular y el puesto administrativo que simultáneamente desempeñaba.
Mediante la resolución N° 6548-E1-2025, el Tribunal declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo electoral interpuesto por la primera vicealcaldesa del cantón contra el alcalde Fernando Miguel Chavarría Quirós, a quien atribuye la responsabilidad directa de haber alterado el diseño legal de las vicealcaldías mediante prácticas administrativas carentes de sustento normativo.
