OPINIÓN: El Plan Regulador de Goicoechea necesita una ruta de trabajo, no solo mesas de diálogo

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Gerardo R. Del Valle Garbanzo).- La Comisión Especial del Plan Regulador de Goicoechea convocó mesas de trabajo para analizar las propuestas de actualización al reglamento vigente. La intención es loable, pero el método deja mucho que desear: en las sesiones, los vecinos exponen sus dudas y señalan inconsistencias en el proceso, mientras los gestores técnicos y la propia Comisión se limitan a “tomar nota”, sin fijar criterios de gestión, resguardo o análisis sobre lo expuesto. El resultado es previsible: no se percibe un plan claro de hacia dónde quieren llegar los organizadores de estos talleres.
Conviene recordar la magnitud de lo que está en juego. El Plan Regulador se compone de seis reglamentos —Zonificación, Vialidad, Infraestructura Urbana, Renovación Urbana, Construcciones, y Urbanizaciones y Fraccionamiento— y, por ley, debe llevarse además una matriz de observaciones. La actualización propone pasar de 54 zonas y subzonas a 14, y de 97 usos de suelo autorizados a más de 500. A esto se suman ajustes catastrales, excepciones sobre el tamaño de los lotes y toda la reformulación de la zonificación cantonal.
Y no son los únicos temas pendientes. Hace falta claridad sobre el abastecimiento de agua potable, el sistema de alcantarillado sanitario, los proyectos de instituciones públicas que puedan afectar los servicios básicos, la capacidad real de los recursos municipales frente a nuevas estructuras, el impacto en los servicios de salud, el aumento de actos de vandalismo y las zonas de vigilancia previstas, así como las áreas de protección ecológica y biodiversidad. Ninguno de estos puntos ha tenido, hasta ahora, un tratamiento sistemático por parte del consultor técnico contratado por la Municipalidad, cuyo producto entregable ni siquiera está disponible para consulta ciudadana.
El marco normativo, además, cambió. El Decreto 32967-MINAE de 2006 fue sustituido por el Decreto 44710-MINAE (acuerdo ACP-006-2024 de SETENA), que introduce variables obligatorias sobre biodiversidad, corredores biológicos, conectividad y ecosistemas. A esto se suma la Ley de Cambio Climático (Ley 10804), orientada a prevenir afectaciones por inundaciones y deslizamientos mediante escenarios climáticos cuantitativos e información del Instituto Meteorológico Nacional. El propio Decreto 44710 exige consultar al SINAC, la Dirección de Aguas y la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), algo que tampoco se ha hecho visible en el proceso.
En materia de uso de suelo, la actualización moderniza la clasificación con el Clasificador Industrial Internacional Uniforme (CIIU, cuarta revisión), cuyo listado de actividades comerciales mantiene el INEC, y con una matriz de compatibilidad ambiental que cruza el uso propuesto con la fragilidad del terreno: en zonas de alta fragilidad se restringe el uso, en zonas de fragilidad media se permiten algunos comercios, y en zonas de fragilidad baja se permite prácticamente todo bajo mitigación. El tamaño de lote y la cobertura deberán homologarse con los listados que el INVU y el MIVAH mantienen desde 2022. Pese a esto, no existe hasta hoy un documento del AyA que certifique la disponibilidad real de agua potable para sustentar el crecimiento proyectado. Tampoco se visualiza con claridad la directriz de la CNFL, que exige a todo desarrollo de más de diez viviendas contar con estudio de carga eléctrica y transformador propio. Y no debe olvidarse un dato que debería pesar en cualquier plan de ordenamiento: Goicoechea tiene tres fallas sísmicas activas, lo que exige un plan de evacuación serio.
Por todo lo anterior, propongo incorporar a la Comisión actual a dos vecinos por distrito, un representante del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, uno del AyA y uno de la CNFL, además de un representante de la Dirección de Ingeniería y Operaciones de la Municipalidad, cuya participación técnica resulta indispensable para dialogar en los mismos términos que el consultor.
Una ruta posible para los 24 meses de la adenda
La Municipalidad otorgó una adenda de 24 meses para que el consultor ajuste y concluya la actualización, sin que se especificaran las directrices que fundamentan ese plazo. Ante la falta de un cronograma público, propongo la siguiente ruta de trabajo, con inicio sugerido en noviembre de 2026:
Mes 1: ampliación de la Comisión con los representantes señalados y, en especial, con la Ingeniería Municipal, por ser el ente técnico vinculado a las actualizaciones del consultor.
Mes 2: ProDUS entrega la matriz de observaciones vecinales no contestadas, con la obligación de notificar a cada interesado la resolución final de su gestión.
Mes 3: solicitud formal a SETENA para recalificar el expediente conforme al Decreto 44710 y apertura del expediente de Evaluación Ambiental Estratégica del Plan de Ordenamiento Territorial (IVA-POT), dado que el expediente actual se vuelve inviable con la entrada en vigencia de ese decreto.
Mes 4: eventual emisión, por parte del AyA, de una constancia de capacidad hídrica global con proyección para más de 130 mil habitantes, un soporte trascendental para todo el proceso.
Meses 5 a 10: estudios ambientales nuevos a cargo de la UCR-ProDUS, pieza clave por su valor preventivo.
Meses 5 a 7: elaboración del nuevo Informe de Factibilidad Ambiental (IFA) conforme al Decreto 44710, con estudio de biodiversidad y cumplimiento de la Ley 10804, en coordinación con el IMN y con participación obligatoria de los distritos afectados.
Meses 8 y 9: estudios de carga eléctrica, agua, alumbrado y riesgo, considerados pilares de la actualización.
Mes 10: entrega a SETENA del borrador del IVA-POT.
Meses 11 a 15 (en paralelo con el mes 10): corrección de la zonificación y de la lista de usos de suelo.
Meses 11 y 12: talleres por distrito para revisar el mapa de 14 zonas y la lista CIIU de 500 usos, donde se determinará el uso correcto de cada inmueble según las condiciones de su zona.
Mes 13: la UCR-ProDUS corrige la matriz CIIU, las zonas y los porcentajes de cobertura, con conocimiento previo de la Comisión.
Meses 15 y 16: mesa técnica con la CCSS, Fuerza Pública, la Municipalidad y el MEP para definir ubicación de EBAIS y otros servicios, y presentación del mapa cantonal corregido junto con la matriz de usos.
Meses 17 a 19: análisis de los borradores de los seis reglamentos, ya actualizados los datos de densidad, ambiente y aspectos sociales, con posibilidad de corregirlos o ampliarlos según corresponda.
Meses 20 a 23: ajustes finales, convocatoria a audiencia pública, aprobación del Concejo Municipal y envío final al INVU.
Un asunto pendiente que no puede repetirse
Sobre los borradores de los reglamentos recae uno de los señalamientos más serios de este análisis. Desde 2022 y 2024 circulan versiones de estos documentos sin advertencia clara a la comunidad de que se trataba de borradores sin efecto legal, por no haber sido aprobados. Ni las comisiones anteriores dejaron constancia de ese carácter provisional, ni hay evidencia de que esos textos fueran analizados o dictaminados formalmente. No es un detalle menor: estos reglamentos son la herramienta diaria de los técnicos municipales para resolver trámites de permisos de construcción, patentes y otros procedimientos. Avanzar sobre una estructura que no ha sido resuelta en su totalidad es, sencillamente, arriesgado e imprudente.
Este plazo de 24 meses es, sin duda, excesivo; el consultor debió prever desde el inicio la serie de gestiones que ahora se improvisan sobre la marcha. Pero, en la búsqueda de un resultado ordenado, calendarizar el proceso —con la debida participación ciudadana— es preferible a seguir sin ruta. Este aporte se ofrece con la esperanza de que la Comisión lo considere como una alternativa concreta para encauzar un proceso que, a esta altura, el cantón de Goicoechea no puede permitirse seguir postergando.