Municipalidad de Goicoechea enfrenta proceso por incumplimiento en Urbanización Kamir

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LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Aníbal Porras, periodista).- La Municipalidad de Goicoechea ha sido demandada en un proceso de conocimiento bajo el expediente 22-003021-1027-CA, por presunta responsabilidad objetiva al incumplir el artículo 40 de la Ley de Planificación Urbana en la urbanización Kamir, ubicada en Mata de Plátano. El proceso fue interpuesto por la ASOCIACION DE PROTECCION AMBIENTAL VALLE VERDE, representada por el abogado Saddy Guzmán Obando, contra la Municipalidad de Goicoechea, representada por su alcalde Municipal, en ese momento Lic. Rafael Ángel Vargas Brenes.

El fondo de la disputa: Áreas verdes inexistentes

La controversia se centra en la urbanización Kamir, desarrollada por la sociedad Inversiones Callim S.A., cuyo proceso de visado de planos (Expediente UN-132-2007) se remonta a 2011.La Municipalidad aprobó el diseño de sitio en 2011, a pesar de haber señalado en oficios previos que no se visaría la segregación de lotes hasta que se concluyeran las obras de infraestructura y se cediera el 10% de áreas verdes y equipamiento urbano. La propiedad original del proyecto era de 32,294.18 metros cuadrados, por lo que se debió ceder a la Municipalidad al menos 3,294.18 metros cuadrados, para zonas verdes y parque infantil

Según la documentación aportada en el proceso: Se inscribieron dos planos catastrados para áreas públicas: SJ-1488714-2011 (calle pública, 4,249 metros y SJ 1506554-2011 (parque, 2,995. A pesar de la inscripción del plano para parque, en la realidad, esta zona verde y parque infantil “no existe”, y los vecinos han reclamado su cumplimiento por más de 12 años.

Señalamientos de la Municipalidad y otras entidades: El expediente judicial detalla varias fallas y contravenciones al ordenamiento jurídico en el proceso de aprobación: Incumplimiento del Art. 40 de la Ley de Planificación Urbana: La Municipalidad dio el visado de los planos sin haber recibido previamente las áreas verdes y el parque infantil. El artículo 40 de la Ley 4240 exige que todo urbanizador ceda gratuitamente al uso público áreas para vías, parques y facilidades comunales, con una porción no inferior a 10 metros por familia destinada a juegos infantiles.

Visado Ilegal de Calles: Un oficio municipal (MG-AG-DI-1382-2020) señala que los planos visados desde 2009 indicando “calle pública” como colindante “no fueron otorgados a derecho” al no cumplir con el procedimiento normal y no ser recibida la vía por el Concejo Municipal.

Defensoría de los Habitantes: La Defensoría ordenó a la Municipalidad el cumplimiento de la Ley de Planificación Urbana en enero de 2021, instándola a “recuperar las áreas propuestas para parques y zonas comunales” en la Urbanización Kamir.

Auditoría Interna: El Informe de Auditoría 001-2021 de la Municipalidad de Goicoechea, titulado “ÁREAS PÚBLICAS DE URBANIZACIÓN KAMIR NO RECIBIDAS”, también constató debilidades en la aprobación, control, y entrega del proyecto al Gobierno Local.

Próximos Pasos: El expediente se encuentra en estado “EN TRÁMITE” y subestado “PARA REVISAR”.

La parte actora busca responsabilizar a la Municipalidad por las anomalías que permitieron la venta de lotes sin que se cumpliera con la cesión de áreas públicas, violentando, según la demanda, no solo la Ley de Planificación Urbana sino también la Ley de Caminos, Ley de Construcciones, Ley N° 7600 (Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad), y el Código Municipal, entre otras normativas del Ordenamiento Jurídico.

El Tribunal Contencioso Administrativo deberá determinar si la Municipalidad de Goicoechea actuó en desacato a las normativas al otorgar el visado sin la debida recepción de las áreas de esparcimiento, afectando el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano y equilibrado.

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