Contraloría Señala Graves Fallos en Contrataciones por Excepción de la Municipalidad de Goicoechea

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LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Reacción).- La segunda parte del informe de la CGR revela incumplimientos generalizados en 44 procedimientos tramitados entre 2024 y 2025 por casi ₡982 millones. La entidad advierte riesgos de sobrecostos, falta de transparencia y dependencia de proveedores.

La Contraloría General de la República (CGR) concluyó que la Municipalidad de Goicoechea incurrió en importantes incumplimientos legales y técnicos al gestionar procedimientos de contratación pública por excepción durante los años 2024 y 2025.

Así lo establece el informe “Gestión de los Procedimientos de Contratación Pública por Excepción” (DFOE-LOC-IAD-00002-2026), publicado el pasado 9 de junio, en el que se analizaron 44 procedimientos adjudicados por un monto total de ₡981,92 millones.

De acuerdo con el órgano contralor, las debilidades detectadas comprometen principios fundamentales de la contratación pública, como la transparencia, la libre concurrencia y el uso eficiente de los recursos públicos.

Fallos en todas las etapas del proceso

El estudio identificó deficiencias recurrentes en la planificación, adjudicación y seguimiento de las contrataciones revisadas.

Entre los principales hallazgos destacan que:

En el 52% de los casos no se justificaron adecuadamente los motivos legales, técnicos y financieros para utilizar una contratación por excepción.

El 95% de los expedientes careció de criterios de evaluación distintos al precio, impidiendo valorar aspectos como calidad, experiencia o capacidad técnica.

En el 89% no se establecieron requisitos obligatorios de admisibilidad, como estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) o FODESAF.

El 80% no contó con estudios o sondeos de mercado que permitieran verificar la razonabilidad de los precios y la existencia de otras alternativas.

El 86% presentó deficiencias relacionadas con cronogramas, especificaciones técnicas o acreditación de recursos necesarios para ejecutar los contratos.

Además, en cerca de la mitad de los procedimientos no quedó constancia sobre la vigencia contractual o sus prórrogas, mientras que en el 52% faltaron actas formales de recepción de bienes o servicios.

Para la CGR, estas situaciones dificultan verificar si las contrataciones cumplieron con el interés público que justificó su realización.

Deficiencias según cada tipo de excepción

El informe también determinó que las irregularidades se presentaron en todas las causales de excepción utilizadas por el gobierno local.

Actividades artísticas y culturales

En los cinco expedientes revisados bajo esta modalidad, la Contraloría indicó que no se demostró la razonabilidad de los precios contratados. Además, en cuatro de ellos no se justificaron las características únicas de los artistas o agrupaciones seleccionadas.

Servicios de capacitación

En dos de seis casos analizados no existió evidencia de que las capacitaciones fueran abiertas al público, requisito indispensable para aplicar esta causal. Asimismo, todos los informes técnicos fueron considerados insuficientes para sustentar las decisiones adoptadas.

Contratación de medios de comunicación

La auditoría señaló que los cuatro procedimientos revisados carecieron de criterios objetivos para seleccionar los medios contratados, como alcance, público meta o relación costo-beneficio.

Reparaciones indeterminadas

Esta fue una de las categorías con mayores observaciones.

La CGR determinó que en el 71% de los casos no se acreditó la necesidad de desmontar maquinaria o vehículos para determinar las reparaciones requeridas, condición esencial para recurrir a esta figura.

Incluso, se detectó que este mecanismo fue utilizado para mantenimientos programados, situación que la normativa prohíbe expresamente.

Además, en seis de los siete expedientes revisados faltaron controles básicos como la verificación de precios, el registro de piezas sustituidas o la exigencia de facturas originales.

Contratación entre entes públicos

En el caso específico de un contrato suscrito con el Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART), la Contraloría concluyó que no se realizaron estudios de mercado ni se comprobó que la institución ejecutara directamente el porcentaje mínimo de trabajo requerido por ley.

Proveedor único: la causal más utilizada

El informe destaca que la figura de proveedor único fue la más empleada por la Municipalidad de Goicoechea.

Entre 2024 y 2025 se tramitaron 20 procedimientos bajo esta modalidad, por un monto superior a ₡881 millones.

Sin embargo, la CGR encontró múltiples incumplimientos:

En cinco procedimientos no se publicó el aviso requerido para verificar la existencia de otros oferentes.

En seis casos no se respetó el plazo mínimo legal de tres días hábiles.

En catorce expedientes no hubo estudios de mercado.

En el 85% de las contrataciones no se demostró la razonabilidad del precio adjudicado.

La Contraloría también cuestionó la utilización de esta figura para contrataciones relacionadas con capacitaciones, actividades artísticas, bienes inmuebles y servicios tecnológicos, pese a que la legislación contempla mecanismos específicos para esos supuestos.

Particular preocupación generó el uso de esta modalidad en contrataciones tecnológicas, debido al riesgo de crear dependencia hacia determinados proveedores sin valorar soluciones alternativas ni aplicar criterios de neutralidad tecnológica.

Riesgos para la gestión pública

Según la CGR, el origen de estas deficiencias responde a la ausencia de controles adecuados, el desconocimiento de los requisitos específicos de cada causal de excepción y la falta de procedimientos estandarizados dentro de la administración municipal.

El órgano contralor advirtió que, de mantenerse estas prácticas, podrían producirse consecuencias como:

Falta de transparencia en el uso de recursos públicos.

Dificultades para dar seguimiento a los contratos.

Sobrecostos e imposición de precios.

Dependencia tecnológica de determinados proveedores.

Pérdida de confianza de la ciudadanía en la gestión municipal.

El informe concluye que las contrataciones por excepción son mecanismos previstos por la ley para situaciones específicas y de aplicación restrictiva, por lo que deben utilizarse únicamente cuando exista una justificación sólida y plenamente documentada.

La revisión realizada por la Contraloría evidencia que, en el caso de Goicoechea, persisten importantes desafíos para garantizar que estos procedimientos se ajusten a los principios de legalidad, eficiencia y transparencia que rigen la contratación pública.

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