Contencioso Administrativo ordena frenar construcción en el parque de Urbanización Bruncas

Vecinos celebran medida cautelar que protege áreas verdes y parque infantil
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Gabriela Umaña).- El pulso entre la comunidad de Bruncas de Mata de Plátano y la Municipalidad de Goicoechea dio un giro decisivo. El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda ordenó la suspensión inmediata de las obras del Centro Diurno de Adultos Mayores proyectado en el parque infantil y zonas verdes de la urbanización, atendiendo una solicitud urgente de los vecinos.
Un llamado tajante: mantener todo como está
En una resolución fechada el 6 de diciembre de 2025, el Tribunal acogió la gestión de medida cautelar promovida por Catalina Cortés Robles contra el municipio, ordenando a las autoridades “mantener el actual estado de las cosas” en el parque infantil y las áreas verdes.
La parte actora argumenta que el terreno tiene un destino registral específico —parque infantil— asignado desde la construcción de la urbanización, bajo el marco de la Ley de Planificación Urbana. Para los vecinos, levantar ahí un edificio equivaldría a despojar a la niñez de uno de los pocos espacios seguros y accesibles para su recreación.
Urgencia extrema y daño difícil de revertir
El Tribunal justificó la medida provisionalísima con base en los artículos 23 y 25 del CPCA, señalando que frenar las obras es la única forma de evitar un daño irreversible.
El razonamiento fue claro: si se permiten los primeros pasos de la obra —como la limpieza del terreno o el retiro del parque—, cualquier eventual fallo futuro quedaría prácticamente sin efecto, pues el daño al destino del inmueble ya estaría hecho.
“Si se derriba o retira el parque infantil (…) ya se habría generado un daño al actual destino del inmueble, con afectación directa de la población infantil”, señala la resolución.
El Tribunal también reconoció la extrema urgencia: la Municipalidad estaba en inminencia de iniciar trabajos preliminares “en cualquier momento”.
Lo que viene ahora
Audiencia de tres días: Ambas partes deberán presentar argumentos y pruebas sobre la procedencia de la medida cautelar.
Demanda principal: Al haberse otorgado la medida, la parte actora deberá interponer la demanda principal en un plazo de 15 días.
Notificación inmediata: El Tribunal ordenó informar de inmediato a la Municipalidad de Goicoechea —incluyendo la Alcaldía y el Concejo Municipal— para garantizar el cumplimiento de la suspensión.
Un respiro para el parque de Bruncas
Mientras el litigio continúa, la comunidad celebra este primer triunfo legal que, al menos por ahora, pone un alto a la maquinaria municipal y protege el espacio recreativo que, para muchos vecinos, es el corazón de la vida comunal.
En Bruncas, por ahora, los columpios siguen donde están. Y los vecinos también.