TSE Confirma que Concejos Municipales sí Pueden Sancionar a Alcaldes

Published by Redacción on

Tribunal aclara que los gobiernos locales pueden aplicar medidas disciplinarias administrativas, pero solo el TSE tiene potestad para cancelar credenciales y destituir a un alcalde electo

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara, periodista).- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) confirmó que los concejos municipales tienen facultades para imponer sanciones disciplinarias a los alcaldes cuando las faltas estén relacionadas con el ejercicio de sus funciones administrativas, siempre dentro de los límites establecidos por el Código Municipal y la jurisprudencia electoral vigente.

La aclaración surge en medio del procedimiento que mantiene el Concejo Municipal de San José contra el alcalde capitalino, proceso que continuará bajo las reglas del debido proceso y el derecho de defensa.

¿Qué dice la ley?

El Código Municipal establece que el concejo municipal es el órgano deliberativo y normativo del gobierno local, mientras que el alcalde ejerce funciones administrativas y ejecutivas.

Además, la normativa dispone que un alcalde puede ser suspendido o removido por causas previamente establecidas en la ley. Sin embargo, la cancelación de credenciales y la destitución definitiva son competencias exclusivas del Tribunal Supremo de Elecciones, según el artículo 102 inciso 3 de la Constitución Política.

Esto significa que:

El Concejo Municipal puede abrir y tramitar procedimientos disciplinarios administrativos.

El TSE es el único órgano autorizado para cancelar credenciales o separar definitivamente del cargo a un alcalde elegido por voto popular.

Jurisprudencia mantiene separación de competencias

El Tribunal ha reiterado en distintas resoluciones que, aunque los alcaldes son electos mediante votación popular, también están sujetos a responsabilidad administrativa y pueden enfrentar procesos disciplinarios por incumplimientos funcionales.

No obstante, la jurisprudencia electoral ha sido consistente en que cualquier destitución definitiva requiere la intervención del TSE, debido al carácter representativo del cargo.

Este criterio busca mantener un equilibrio institucional: por un lado, el control político y administrativo corresponde a los concejos municipales; por otro, la protección de la voluntad popular expresada en las urnas recae exclusivamente en el órgano electoral.

¿Qué sanciones puede aplicar un concejo municipal?

De acuerdo con el marco legal vigente, los concejos municipales sí pueden imponer medidas como: amonestaciones, llamados de atención y suspensiones temporales.

Para ello debe existir un procedimiento administrativo formal, con garantías de debido proceso y derecho de defensa.

En los casos donde la falta sea considerada grave y amerite la separación definitiva del cargo, el expediente debe ser remitido al Tribunal Supremo de Elecciones para valorar una eventual cancelación de credenciales.

Caso de la Municipalidad de San José sigue en trámite

El procedimiento administrativo contra el alcalde de San José continúa actualmente en análisis dentro del Concejo Municipal josefino.

El debate ha reabierto la discusión sobre los límites entre el control político local y la protección del mandato popular, en un contexto donde la jurisprudencia electoral busca mantener una clara división de competencias entre los gobiernos municipales y la autoridad electoral nacional.

Política de privacidad - - Diseñado por PARWEBCR