Cantonal
La resolución declara con lugar el recurso de amparo interpuesto por Dany Alberto Hidalgo Barboza, persona con discapacidad, por la omisión municipal en la finalización de obras de infraestructura vial en la ruta nacional de travesía N°11507
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por María Celeste Jara).- La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emitió una sentencia histórica contra la Municipalidad de Goicoechea, ordenando al gobierno local la construcción de aceras peatonales en un plazo máximo de ocho meses, bajo advertencia de sanciones penales que incluyen prisión de tres meses a dos años para las autoridades que incumplan la orden judicial.
La resolución N°2026012368, dictada este viernes, acoge el recurso de amparo presentado por Dany Alberto Hidalgo Barboza, ciudadano con discapacidad, quien desde 2022 —junto con otros vecinos del cantón— había gestionado insistentemente ante la comuna la culminación de las aceras en la calle pública que conecta los tanques del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), en el trayecto que sube de Sabanilla de Montes de Oca hacia El Carmen de Goicoechea.
El conflicto: una ruta nacional, una responsabilidad municipal disputada
El tramo en cuestión forma parte de la Ruta Nacional de Travesía N°11507, competencia formal del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) según la Ley 5060. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que la Municipalidad de Goicoechea no puede eludir su responsabilidad, pues ya había iniciado voluntariamente obras en el sector en 2022 y mantenía el proyecto en su planificación presupuestaria.
Según los documentos incorporados al expediente N°26-006846-0007-CO, la comuna invirtió ¢22.448.000 en una primera etapa que construyó 85 metros de muro de contención y 102 metros cuadrados de acera. Para 2025, el Concejo de Distrito de Mata de Plátano asignó otros ¢22.000.000 para la segunda fase, aunque el concurso público fue declarado desierto.
El alcalde Fernando Chavarría Quirós defendió la posición municipal argumentando que la administración había actuado “proactiva y voluntariamente” ante la “inactividad del MOPT”, y que un nuevo proceso de contratación estaba programado para junio de 2026. No obstante, la Sala consideró que estos argumentos no justificaban la dilación de una obra que pone en riesgo la vida e integridad física de peatones vulnerables.
Advertencia penal y fase de ejecución controvertida
La sentencia ordena específicamente al alcalde Chavarría Quirós —o quien ocupe el cargo— y al director de Ingeniería, Operaciones y Urbanismo de la municipalidad, que “giren las órdenes pertinentes, lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias y coordinen lo necesario” para finalizar la construcción de las aceras.
El plazo de ocho meses corre desde la notificación oficial de la resolución. La Sala advirtió que el incumplimiento expondrá a las autoridades a las sanciones del artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional: prisión de tres meses a dos años, o multa de veinte a sesenta días.
Además, la Municipalidad de Goicoechea fue condenada al pago de costas, daños y perjuicios, cuya liquidación se realizará en ejecución de sentencia en la vía contencioso-administrativa.
Contexto: accesibilidad y derechos de personas con discapacidad
El caso adquiere relevancia en el marco de la Ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad. El recurrente, Dany Alberto Hidalgo Barboza, fundamentó su demanda en la vulneración de derechos fundamentales de personas con discapacidad, adultos mayores, niños y niñas que transitan diariamente por una vía sin infraestructura peatonal segura.
La Sala Constitucional, en su considerando V, destacó que la municipalidad “ha llevado a cabo actuaciones para proteger a los peatones” en una ruta que formalmente no es de su competencia, lo que derivó en una obligación efectiva de completar las obras iniciadas.
La resolución fue redactada por el magistrado Paul Rueda Leal y firmada por el presidente de la Sala, Fernando Castillo Víquez, junto con los magistrados Luis Fernando Salazar Alvarado, Anamari Garro Vargas, Jorge Araya e Ingrid Hess.
La Voz de Goicoechea seguirá informando sobre el cumplimiento de esta sentencia y las acciones que adopte la Municipalidad de Goicoechea en los próximos meses.