Sala IV condena a Municipalidad de Paraíso por ocultar información sobre caso “La Luisiana de Ujarrás”

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El Tribunal dio diez días hábiles para entregar la información solicitada y advirtió sobre posibles sanciones penales por desacato

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Redacción).- La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró con lugar un recurso de amparo contra la Municipalidad de Paraíso por negar información pública relacionada con la comunidad de La Luisiana de Ujarrás.

Mediante la sentencia N.° 2026003433, redactada por el magistrado Jorge Araya García, el alto tribunal concluyó que la administración municipal violó el derecho fundamental de acceso a la información de una ciudadana que, desde el 8 de setiembre de 2025, solicitó documentación técnica y administrativa vinculada con gestiones en esa comunidad.

El fallo condena directamente al alcalde Michel Álvarez Quirós y al presidente del Concejo Municipal, Aldo Mata Coghi, como jerarcas responsables, al considerar que la municipalidad fue omisa al no entregar la información requerida.

“Tomar nota” no es responder

Durante el proceso, el Concejo Municipal alegó haber “tomado nota” de la gestión presentada por la recurrente. Sin embargo, la Sala IV fue enfática en que esa actuación no constituye una respuesta formal ni satisface el deber de transparencia que rige a las instituciones públicas.

Los magistrados reiteraron que el acceso a la información pública es un pilar esencial para la transparencia y el control ciudadano sobre la gestión administrativa. Asimismo, señalaron que no es admisible una “negativa absoluta” a suministrar datos.

La Municipalidad, indicó la sentencia, debe diferenciar entre información confidencial —como datos personales sensibles— y aquella de carácter general que debe ser puesta a disposición de la ciudadanía. En este caso, la recurrente tiene derecho a conocer los fundamentos, objetivos y alcances de las gestiones administrativas que impactan directamente a su comunidad.

El trasfondo: corredor biológico y posibles expropiaciones

El conflicto se enmarca en gestiones para la eventual creación de un corredor biológico y procesos de reforestación en la zona de La Luisiana, un sector que en años anteriores ha sufrido deslizamientos e inundaciones que afectaron vías públicas.

Según trascendió, la administración actual ha mantenido bajo reserva información técnica relacionada con avalúos y posibles expropiaciones necesarias para restablecer el paso comunal, situación que motivó la solicitud de información y, posteriormente, el recurso de amparo.

Plazo de diez días y advertencia de prisión

La Sala IV otorgó un plazo de diez días hábiles al alcalde Álvarez Quirós y al presidente del Concejo Municipal para que coordinen la entrega completa de la información pública solicitada.

El fallo incluye un apercibimiento directo: el incumplimiento de la orden podría acarrear penas de prisión de tres meses a dos años, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Además, la Municipalidad de Paraíso fue condenada al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados a la recurrente.

Con esta resolución, la Sala Constitucional reafirma la obligación de las autoridades locales de garantizar el acceso a la información pública como un derecho fundamental de la ciudadanía y como herramienta clave para la fiscalización de la gestión municipal.

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