TSE ordena suspender folleto que induce el voto con símbolos religiosos

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Medida cautelar alcanza a Pueblo Soberano y a los candidatos Laura Fernández y Fabricio Alvarado

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Gabriela Umaña).- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ordenó la suspensión inmediata de la difusión de material propagandístico que induce el voto mediante el uso de símbolos y argumentos religiosos, tras dictar una medida cautelar contra la candidata Laura Fernández Delgado, el partido Pueblo Soberano y el candidato Fabricio Alvarado Muñoz.

La resolución establece que las personas y agrupaciones señaladas deberán abstenerse de realizar manifestaciones públicas que, de forma directa o indirecta, constituyan un llamado a votar a favor o en contra de determinadas opciones políticas utilizando referencias religiosas. Esta prohibición se mantiene incluso cuando no se identifique explícitamente a una agrupación política, pero resulte reconocible por su contenido o contexto.

El TSE fundamentó su decisión en el artículo 230 del Código Electoral, que prohíbe la utilización de motivos religiosos como medio para influir en el electorado.

Como parte de la medida cautelar, el Tribunal ordenó la suspensión del folleto titulado “¿Por qué los cristianos evangélicos deben votar por el partido Pueblo Soberano?”. La disposición también deberá ser acatada por Reinaldo Salazar Salazar, Francisco Gamboa Soto, la Federación Alianza Evangélica Costarricense, la Asociación Templo Bíblico Internacional y el Foro Mi País.

Además, el TSE instruyó a las personas y organizaciones recurridas a informar a pastores y líderes religiosos sobre la prohibición de utilizar púlpitos, sitios de oración o ceremonias litúrgicas para influir en la decisión electoral de sus fieles.

El órgano electoral advirtió que la medida cautelar debe cumplirse de manera inmediata y recordó que el incumplimiento de las resoluciones del Tribunal constituye el delito de desobediencia, según lo dispuesto en el artículo 284 del Código Electoral, sancionado por el Código Penal.

La decisión del TSE se adoptó luego de que se presentaran dos recursos de amparo electoral, interpuestos por Marco Antonio Morales Albertazzi y Mauricio Ordóñez Chacón. Los recursos están relacionados, entre otros aspectos, con la presunta entrega de material propagandístico a favor de la candidata Laura Fernández Delgado durante un encuentro de pastores evangélicos realizado el pasado 15 de enero.

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