Denuncian a candidata presidencial Claudia Dobles y a la Municipalidad de Esparza por presunta violación a la veda publicitaria y beligerancia política

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Aníbal Porras, periodista).- Una denuncia formal fue presentada ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) contra la candidata presidencial por la Coalición Agenda Ciudadana, Claudia Dobles Camargo; el candidato a diputado Luis Alberto Villalobos; y la Municipalidad de Esparza, por una supuesta violación al Régimen de Veda Publicitaria y por presunta beligerancia política.
La acción fue interpuesta por José Víctor Guevara Ramírez y se fundamenta en los artículos 142 y 146 del Código Electoral, que regulan la prohibición de propaganda institucional durante el periodo electoral y sancionan la participación indebida de funcionarios o actores políticos en actividades proselitistas desde plataformas públicas.
Hechos denunciados
Según el documento presentado ante el TSE, los hechos ocurrieron el pasado 7 de diciembre de 2025 durante el tradicional Desfile de Boyeros en Esparza, actividad cultural organizada y financiada con fondos públicos por la Municipalidad de ese cantón.
El denunciante señala que la Municipalidad utilizó sus plataformas oficiales de Facebook para promocionar y transmitir en vivo el evento, pese a encontrarse bajo la veda establecida en el artículo 142 del Código Electoral. El señalamiento central se ubica aproximadamente en el minuto 46:50 de la transmisión oficial, cuando la candidata presidencial Claudia Dobles Camargo, acompañada del candidato a diputado Luis Alberto Villalobos, hizo uso del micrófono y del espacio de difusión institucional.
Durante su intervención, Dobles habría realizado un acto de proselitismo político al exaltar supuestos logros de la Administración Central afín a su coalición, mencionando proyectos como la carretera a la Angostura, el Hospital de Puntarenas, el Liceo de Chacarita y la apertura de la Isla San Lucas. Para el denunciante, estas manifestaciones constituyen una exaltación de obras gubernamentales difundidas desde una plataforma municipal en pleno periodo de veda, lo que contraviene la normativa electoral y la jurisprudencia del TSE.
La denuncia también subraya que la candidata portaba indumentaria distintiva de la Coalición Agenda Ciudadana —camisa blanca y gorra roja con logotipos— lo que, a criterio del denunciante, evidencia una intención previa y deliberada de realizar proselitismo político.
Adicionalmente, se señala que, al cierre de la intervención, el maestro de ceremonias del evento expresó: “Ojalá tenga el apoyo del pueblo”, frase que es interpretada como una manifestación de respaldo político emitida desde una actividad oficial organizada por la Municipalidad.
Fundamentos legales
La denuncia plantea una doble transgresión a la normativa electoral. En primer lugar, se acusa a la Municipalidad de Esparza de violentar el artículo 142 del Código Electoral y de incumplir la Resolución N.° 6238-E8-2025 del TSE, que permite la transmisión de actividades culturales únicamente si estas no contienen mensajes que exalten logros institucionales ni referencias a coordinaciones con el Poder Ejecutivo.
En segundo término, se atribuye a los candidatos Dobles Camargo y Villalobos una conducta constitutiva de beligerancia política, al aprovechar una plataforma de difusión institucional para promover mensajes de carácter proselitista, generando —según el denunciante— un desequilibrio en la contienda electoral en favor de una opción política afín al oficialismo.
El documento recuerda que la inobservancia del artículo 142 puede derivar en beligerancia política, cuya sanción contempla la destitución del cargo y la inhabilitación para ejercer funciones públicas por un periodo de entre dos y cuatro años, de conformidad con el Código Electoral.
Solicitudes al TSE
Entre las peticiones formuladas al Tribunal Supremo de Elecciones se solicita:
Admitir la denuncia y abrir un procedimiento de investigación contra la Municipalidad de Esparza y los funcionarios responsables.
Investigar la presunta beligerancia política atribuida a Claudia Dobles Camargo y Luis Alberto Villalobos.
Aplicar las sanciones correspondientes en caso de comprobarse los hechos denunciados, incluyendo la destitución e inhabilitación de los responsables.
Cancelar las credenciales de Claudia Dobles Camargo como candidata presidencial y a diputada, en caso de que se determine su responsabilidad por beligerancia política.
Como prueba, el denunciante aportó copias de publicaciones realizadas por la Municipalidad de Esparza en Facebook, el enlace del video de la transmisión del evento y grabaciones de audio y video que documentan la intervención de los candidatos.
Hasta el cierre de esta nota, ni la Municipalidad de Esparza ni los candidatos señalados se han pronunciado públicamente sobre la denuncia presentada ante el órgano electoral.