Vecinos pueden reclamar devolución de pagos por mantenimiento de parques si municipalidades no brindan el servicio

Published by Isaí Jara on

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Randall López Ríos).- El Código Municipal establece que las tasas por servicios municipales deben cobrarse en tanto estos se presten. Comunidades que pagan por el mantenimiento de parques y zonas verdes, pero enfrentan abandono y falta de atención, tienen fundamentos legales para cuestionar esos cobros y solicitar su revisión.

Los vecinos que pagan mensualmente a sus municipalidades por el mantenimiento de parques y zonas verdes podrían solicitar la devolución de esos recursos cuando logren demostrar que el servicio no fue prestado durante determinados períodos.

Esta posibilidad encuentra sustento en el Código Municipal de Costa Rica, Ley N.º 7794, que condiciona el cobro de determinadas tasas municipales a la prestación del servicio correspondiente.

La disposición cobra especial relevancia para comunidades donde los parques presentan acumulación de basura, zacate sin cortar, juegos infantiles deteriorados y otras señales de abandono, pese a que los propietarios continúan pagando los rubros municipales destinados a su mantenimiento.

En algunos casos, son los propios vecinos quienes deben organizar jornadas de limpieza, comprar materiales o contratar trabajos para recuperar espacios públicos cuyo mantenimiento corresponde a la administración municipal.

¿Qué establece el Código Municipal?

El artículo 83 del Código Municipal contempla el cobro de tasas por servicios como limpieza de vías públicas, recolección de residuos, mantenimiento de parques y zonas verdes, entre otros.

La disposición establece que estos servicios se cobrarán “en el tanto se presten”, una condición fundamental para analizar la legalidad de los montos exigidos a los contribuyentes.

La normativa también contempla que las tasas se calculen tomando como referencia el costo efectivo del servicio, más un porcentaje destinado a su desarrollo.

Esto significa que el cobro municipal debe tener relación con la prestación del servicio y no puede considerarse, sin más, una obligación desligada de las responsabilidades de la administración.

Por esa razón, cuando una municipalidad deja de atender un parque o una zona verde durante períodos prolongados, los contribuyentes pueden cuestionar si existe justificación para continuar cobrando la tasa correspondiente.

No obstante, la falta de mantenimiento de un espacio específico no implica automáticamente que todos los cobros sean ilegales. Cada situación requiere determinar el alcance del servicio contratado o establecido por la municipalidad, las condiciones de su prestación y la normativa aplicable.

Vecinos deben reunir pruebas del abandono

Para presentar un reclamo, uno de los elementos más importantes es contar con documentación que permita demostrar la falta de prestación del servicio.

Fotografías fechadas del estado de los parques, registros de limpieza realizada por la comunidad, facturas de materiales adquiridos y copias de denuncias presentadas ante la municipalidad pueden constituir elementos relevantes.

También resulta conveniente conservar los recibos municipales que demuestren el pago de la tasa cuestionada.

La documentación debe permitir establecer durante cuánto tiempo persistió el problema y cuáles fueron las gestiones realizadas para solicitar la intervención de las autoridades locales.

¿Cómo presentar un reclamo ante la municipalidad?

Los contribuyentes pueden iniciar el procedimiento mediante una gestión formal ante la administración municipal, en la que expongan los hechos, identifiquen el servicio cuestionado y soliciten una revisión de los cobros.

En esa solicitud pueden pedir que se determine si corresponde ajustar, anular o devolver los montos cobrados durante el período en que alegan que el servicio no fue prestado.

La gestión debe acompañarse de las pruebas disponibles y presentarse por los canales oficiales de la municipalidad, conservando una copia con el respectivo comprobante de recibido.

Es importante distinguir entre la prestación deficiente de un servicio y su ausencia total, pues esa diferencia puede influir en la valoración del reclamo.

¿Qué ocurre si la municipalidad rechaza la solicitud?

Si la administración municipal rechaza el reclamo, los contribuyentes pueden valorar los recursos administrativos y las acciones judiciales que correspondan según el tipo de resolución y la legislación aplicable.

Entre las posibles vías se encuentra la jurisdicción contencioso-administrativa, donde podría discutirse la legalidad del cobro y, cuando proceda, solicitarse la devolución de las sumas pagadas.

Sin embargo, el reintegro no es automático. Su reconocimiento dependerá de las pruebas, los argumentos jurídicos, los plazos legales y la decisión de la autoridad competente.

Por ello, antes de iniciar un proceso judicial, resulta recomendable obtener asesoría legal sobre la viabilidad del caso.

Un mecanismo para exigir rendición de cuentas

Más allá de una eventual devolución de dinero, este tipo de reclamos plantea una discusión sobre la calidad de los servicios públicos y la responsabilidad de los gobiernos locales frente a los contribuyentes.

Los parques y las zonas verdes cumplen una función social, recreativa y ambiental. Su deterioro afecta la convivencia comunitaria y limita el aprovechamiento de espacios financiados mediante recursos públicos.

La organización vecinal, el seguimiento de las denuncias y la documentación del estado de esos espacios pueden convertirse en herramientas para exigir una mejor gestión municipal.

La pregunta de fondo es si resulta justificable mantener el cobro de una tasa cuando los contribuyentes consideran que el servicio por el cual pagan no se está brindando.

El Código Municipal ofrece una base para plantear ese cuestionamiento, aunque la procedencia de cualquier devolución deberá analizarse individualmente.

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