TSE fija nuevos plazos y reglas para la renovación de estructuras partidarias

Los partidos tendrán un máximo de dos años para completar el proceso y deberán concluirlo al menos seis meses antes de una elección. Las solicitudes de fiscalización de asambleas pasarán a tramitarse por medios digitales
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara, periodista).- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) estableció nuevas reglas para la conformación y renovación de las estructuras internas de los partidos políticos, entre ellas un plazo máximo de dos años para completar el proceso, nuevas fechas límite vinculadas con la participación electoral y la utilización de medios digitales para solicitar la fiscalización de las asambleas partidarias.
Uno de los principales cambios es precisamente el límite temporal. A partir de la convocatoria de la primera asamblea, cada agrupación dispondrá de un máximo de 2 años para concluir la renovación de su estructura.
Si el partido no completa el procedimiento dentro de ese período, no podrá simplemente continuar con las asambleas pendientes: deberá comenzar nuevamente el proceso de renovación desde el inicio.
Renovación deberá estar lista seis meses antes de las elecciones
La reforma también introduce un plazo directamente vinculado al calendario electoral.
Los partidos que pretendan participar en elecciones nacionales o municipales deberán tener concluida la renovación de sus órganos internos al menos seis meses antes de la fecha de los comicios.
La normativa contempla la posibilidad de que, en situaciones excepcionales, el TSE conceda un mes adicional. De aplicarse esa excepción, el proceso deberá quedar terminado como máximo cinco meses antes de la elección.
La disposición obliga a las agrupaciones a planificar con mayor anticipación sus asambleas y demás procedimientos internos, especialmente cuando la renovación de estructuras coincida con la preparación de un proceso electoral.
Solicitudes de fiscalización serán digitales
Otro de los cambios se relaciona con la forma en que los partidos solicitarán al TSE la fiscalización de sus asambleas.
Estos trámites deberán realizarse mediante los formularios digitales habilitados por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, a través de la Plataforma Electrónica de Servicios para Partidos Políticos.
Con ello, las gestiones relacionadas con la fiscalización de las actividades partidarias pasan a canalizarse por medios digitales.
Paridad de género se mantiene como requisito
A diferencia de los nuevos plazos y procedimientos, la obligación de respetar el principio de paridad de género se mantiene para la integración de las estructuras partidarias.
Cuando un órgano tenga un número par de integrantes, deberá estar conformado por un 50 % de mujeres y un 50 % de hombres. Si el número de integrantes es impar, la diferencia entre ambos sexos no podrá ser superior a una persona.
El requisito debe cumplirse tanto en los puestos propietarios como en los suplentes.
¿Qué cambia para los partidos?
En la práctica, las nuevas disposiciones obligan a las agrupaciones políticas a prestar especial atención a tres aspectos: el tiempo disponible para renovar sus estructuras, la fecha de conclusión del proceso respecto de las elecciones y la realización digital de los trámites de fiscalización.
El límite de dos años adquiere particular importancia porque su incumplimiento implica reiniciar el procedimiento, mientras que la obligación de concluir la renovación seis meses antes de los comicios vincula directamente la organización interna de los partidos con el calendario electoral.
El TSE mantiene abiertos los procedimientos relacionados con la renovación de estructuras partidarias y las agrupaciones pueden efectuar consultas ante el Departamento de Registro de Partidos Políticos.
Las disposiciones también cobran relevancia de cara a las próximas elecciones municipales, previstas para el 6 de febrero de 2028, pues los partidos deberán organizar sus procesos internos considerando los nuevos plazos establecidos por el órgano electoral.