Denuncian presunto incumplimiento de normas urbanísticas en acceso a Urbanización Kamir

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara).– Vecinos de la Urbanización Kamir de Mata de Plátano de Goicoechea, cuestionan que la Municipalidad de Goicoechea permita mantener como acceso principal a la urbanización una vía que presuntamente no reúne las condiciones establecidas por la normativa. El señalamiento sostiene que el gobierno local tendría la obligación de fiscalizar y corregir eventuales incumplimientos.
La Municipalidad de Goicoechea es cuestionada por un presunto incumplimiento de la normativa urbanística relacionado con la calle utilizada como acceso principal a la Urbanización Kamir.
De acuerdo con el planteamiento de los vecinos, un análisis de la normativa vigente y de criterios jurisprudenciales concluye que la vía presuntamente no cumple con los estándares y condiciones urbanísticas exigidos para este tipo de infraestructura.
El cuestionamiento se fundamenta, entre otras disposiciones, en el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones y sostiene que corresponde al gobierno local ejercer las funciones de planificación, fiscalización y control del desarrollo urbano dentro del cantón.
Normas urbanísticas son de cumplimiento obligatorio
Uno de los principales argumentos es que las disposiciones urbanísticas no constituyen recomendaciones, sino normas de acatamiento obligatorio.
Como respaldo se citan resoluciones del Tribunal Contencioso Administrativo, entre ellas los votos 175-2009-III, 4254-10-III, 126-2011-III y 197-2011-III.
En esa jurisprudencia se señala que el urbanizador debe cumplir los estándares mínimos establecidos para accesos, zonas verdes, parques y vías públicas. Asimismo, se establece la responsabilidad del gobierno local de ejercer oportunamente sus facultades de control.
“El gobierno local tiene que ejercer oportunamente su poder de policía, garantizando a los vecinos del cantón que las obras se realizarán de la forma que las normas urbanísticas lo indican y con las condiciones de las que aquellas disponen”, indica el criterio jurisprudencial citado en el planteamiento.
Condición de vía pública no eliminaría obligación
Otro de los argumentos señala que el hecho de que la calle exista previamente o haya sido incorporada al patrimonio público no sería suficiente para eximirla del cumplimiento de las disposiciones urbanísticas aplicables.
Según esta posición, corresponde a la Municipalidad verificar que las obras de infraestructura urbana se ajusten a los parámetros establecidos por el ordenamiento jurídico y, cuando corresponda, adoptar las medidas necesarias para corregir eventuales irregularidades.
Por esa razón, quienes cuestionan la situación consideran que mantener una infraestructura contraria a las disposiciones aplicables, sin adoptar medidas correctivas, podría constituir una omisión del deber municipal de fiscalización.
Documentación técnica y administrativa
El señalamiento asegura además que existiría documentación técnica y administrativa relacionada con la vía que permitiría determinar sus características y contrastarlas con las exigencias establecidas en el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones.
El planteamiento también invoca el principio de legalidad, según el cual la Administración Pública debe actuar conforme al ordenamiento jurídico y no puede dispensar unilateralmente el cumplimiento de las normas que está obligada a aplicar.
Desde esa perspectiva, la situación del acceso a la Urbanización Kamir trascendería una eventual deficiencia técnica y podría constituir un incumplimiento de obligaciones urbanísticas que corresponden a la Municipalidad de Goicoechea fiscalizar y, de ser procedente, corregir.
Para determinar si efectivamente existe una infracción, deberán contrastarse los señalamientos con los expedientes municipales, las características técnicas de la vía, la normativa aplicable y la posición oficial del gobierno local.
La Voz de Goicoechea procurará incorporar la versión de la Municipalidad de Goicoechea sobre estos cuestionamientos y las acciones que eventualmente haya realizado en relación con el acceso a la Urbanización Kamir.